TEL: 314 476 6022 Correo: gerencia@in-r.co
Nuestra compañía cuenta con profesionales expertos que lo acompañan desde el comienzo hasta el final de un procedimiento de reorganización empresarial reglamentado bajo la Ley 1116 de 2006 o Ley de Insolvencia.
Cuando el flujo de caja no es suficiente para el pago de obligaciones fiscales (impuestos) y obligaciones bancarias entre otras, es el momento de evitar el deterioro de las finanzas de la compañía y comenzar un proceso de reorganización reglamentado en la Ley de Insolvencia.
Cuando una empresa comienza a tener problemas financieros, es típico que los gerentes cometan alguno o varios de estos errores:
En el momento en que un empresario comete uno a varios de estos errores, es cuando comienza una verdadera crisis financiera que puede terminar en la quiebra total de la compañía e inclusive de los socios de la misma.
SEÑOR EMPRESARIO, LA LEY ESTÁ DE SU LADO
Una solución a estas situaciones es acogerse a un proceso de negociación de deudas cobijados por la ley 1116 de 2006 o Ley de Insolvencia. Es normal que los empresarios piensen que una decisión como enfrentar un proceso de negociación de deudas bajo Ley de insolvencia se debe hacer como último recurso. PERO NO ES ASÍ !!!!.
Antes de dejar que la afectación económica para la empresa sea importante, se pueden acoger a la ley 1116 de 2006, lo cual beneficia a las empresas significativamente:
CONTÁCTESE CON NOSOTROS EN LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE, PARA MÁS INFORMACIÓN. E-Mail: gerencia@in-r.co Tel: 3144766022
Si sus deudas superan su capacidad de pagarlas, por Ley, tiene derecho a pagarlas en la medida de sus posibilidades. No más amenazas de demandas o embargos, no es necesario angustiarse. Nosotros lo guiamos hacia la solución de todos los problemas financieros.
Tendrá una vida sin reportes en Centrales de Riesgos; se detienen todos los procesos ejecutivos y se negocian las deudas. (menores tasas, mayores plazos, descuentos a intereses causados y cobro jurídico). Literalmente, es un nuevo comienzo.
En lugar de negociar con los acreedores, la otra alternativa es:
Tiene la solución en sus manos. Elija comunicarse con nosotros de inmediato.
Cuando no es posible pagar la totalidad de las deudas, se encuentran fórmulas para lograr importantes descuentos, condonación de intereses y rebajas de Capital.
La ley 1116 para empresas y 1564 para personas NO COMERCIANTES, establece que un deudor puede re - negociar sus deudas y pagar hasta donde sea posible y esté al alcance de el. Con este proceso de REORGANIZACIÓN de deudas usted logrará:
Haga Click aquí para descargar la LEY 1116 DE 2006, LEY 1564 DE 2012, Leyes y decretos relacionados con estas leyes
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